Hoy, nuestra vida se cuenta en gigabytes: fotos, correos y chats de WhatsApp. Pero ¿qué pasa si necesita usar esa información en un proceso civil? Hasta hace poco, llevar un “pantallazo” a un proceso generaba más dudas que certezas. Todo cambió con la implementación del nuevo Código Procesal Civil de Panamá. La regla ahora es clara: lo digital vale igual que lo impreso. Un correo o un mensaje bien verificado tiene el poder legal de salvar su patrimonio y permitir que el juez pueda concederle lo que pidió en su solicitud.
¿Qué podríamos considerar entonces como prueba electrónica?
El Código reconoce como tales todos aquellos mensajes de datos que contengan información con valor probatorio. Esto incluye, entre otros, correos electrónicos, mensajes de aplicaciones de mensajería, contratos firmados digitalmente, registros de llamadas, facturas electrónicas, publicaciones en redes sociales, videos o fotografías en formato digital y registros de actividad en plataformas o sitios web. El principio clave que cambia todo es simple: no se puede negar valor a una evidencia solo por el hecho de estar en formato digital. Su validez no depende de que exista también en papel.
¿Qué cambia en la práctica para el ciudadano?
Antes, quien quería presentar un mensaje o correo como prueba enfrentaba obstáculos. A menudo se le decía que era fácil de alterar y que por sí solo no servía. Hoy las reglas son distintas: se establece que se presume que la información digital es íntegra y fiable, a menos que la otra parte demuestre lo contrario. Es decir, ya no es quien presenta la prueba quien debe probar primero que no fue cambiada; ahora es quien afirma que fue alterada quien debe demostrarlo.
Esto equilibra la balanza y facilita enormemente el uso cotidiano de este tipo de evidencia en los tribunales. Claro está, no podemos dejar todo en manos de nuestra contraparte. Aunque ahora corresponde probar a quien esté en mejores condiciones de hacerlo, usted debe procurar cubrir cualquier arista que pueda surgir. Si aquel a quien se le solicita la prueba no la presenta, ello podría constituir un indicio en su contra. Pero, si usted cuenta con ese elemento probatorio, no solo debe aportar indicios al juez, sino procurar, con ayuda de especialistas o expertos, determinar la fuente de la información, comprobar que esta sea íntegra —es decir, que no haya sido editada o parcializada— y establecer con certeza sus tiempos y movimientos.
Las reglas del juego: ¿hasta cuándo hay tiempo para presentar pruebas en un proceso civil?
El nuevo sistema de justicia civil de Panamá busca que los procesos sean transparentes y que nadie juegue con cartas bajo la manga. Para garantizar esto, la ley otorga dos oportunidades claras para presentar sus pruebas, incluidos los chats y correos electrónicos, desmitificando la idea de que solo pueden aportarse al inicio, como pretenden encaminarlo algunos administradores de justicia.
La primera oportunidad —y la más recomendable— es al presentar la demanda o, en el caso de la parte demandada, al responderla. Sin embargo, la ley otorga un derecho: usted puede aportar cualquier prueba, particularmente aquellas con características digitales o electrónicas, hasta diez días antes de la primera audiencia —la preliminar, en los procesos declarativos de carácter ordinario—. Aunque los jueces prefieren que todo se entregue desde el primer día para darle tiempo a la otra parte de revisar la información, dejarlo para ese momento es perfectamente legal. Su derecho precluye únicamente después de vencida esta última oportunidad procesal.
El paso a paso: de la prueba digital a la demostración de su confiabilidad y a la apreciación y valoración del juez
Para usar un archivo digital en un proceso civil, lo ideal es presentar el mensaje en su formato original —desde el celular, la computadora o cualquier dispositivo electrónico— y acompañarlo del análisis de un experto en este asunto técnico. También podría aportarse una copia impresa para facilitarle al juez, en un primer vistazo, la comprensión de la realidad que se intenta probar.
¿Qué pasa si la prueba la tiene la otra persona que interviene en el proceso y no la quiere entregar? El nuevo Código permite pedirle al juez que la obligue a entregarla, ya que su negativa podría constituir un grave indicio en su contra. Esto busca que el juicio se gane con la verdad de lo que realmente pasó y no ocultando información.
Ahora, ¿cómo sabe el juez que ese mensaje no es inventado? Se revisan detalles que parecen sencillos, pero son indispensables para establecer líneas de tiempo y movimientos, como la fecha, la hora, quién lo envió y si la historia tiene sentido con el resto de la teoría del caso. No siempre se necesita un perito informático, pero usted, como abogado, debe procurar cuidar los intereses de su cliente y fortalecer su defensa con pruebas debidamente obtenidas.
En algunas situaciones, podría bastar con mostrar el mensaje y explicar de dónde salió. Eso sí: si usted conoce estas reglas y la otra parte no, tendrá una ventaja enorme para defender su caso.
La autora es abogada procesalista/profesora universitaria (Universidad de Panamá)


