Banca acelerará el desembolso de más 9,900 créditos hipotecarios con intereses preferenciales por $740 millones

La aprobación por parte de la Asamblea Nacional de la extensión de la vigencia de la Ley 3 de 1985, conocida como la Ley de Intereses Preferenciales y a su vez la suspensión de la nueva normativa aprobada en abril de este año, Ley 468, permitirá que los bancos puedan finalmente proceder a desembolsar los créditos hipotecarios subsidiados que habían quedado pendientes.

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Aprueban en tercer debate proyecto que suspende la Ley 468 de intereses preferenciales

Así lo explicó el presidente de la junta directiva de la Asociación Bancaria, Raúl Guizado, quien detalló que se procederá al desembolso de 9,982 créditos hipotecarios con intereses preferenciales equivalente a los 740 millones de dólares.

A su vez, dijo que se procederá también a aprobar y desembolsar 480 millones de dólares, correspondientes a créditos interinos, es decir a financiamientos otorgados por los bancos para los proyectos de construcción de viviendas que luego se colocarán en el mercado bajo la modalidad de hipotecas con intereses preferenciales.

Guizado dijo que ahora se despeja el panorama para el sector financiero, luego de un período de incertidumbre que había frenado ciertos procesos dentro del sistema bancario para poder desembolsar los préstamos hipotecarios residenciales bajo el interés preferencial.

“La nueva ley entraría en vigencia a partir de enero del próximo año, una vez concluya la extensión de la Ley 3 de 1985, lo que nos dará tiempo para el desembolso de todos los créditos que se habían aprobado y estaban pendientes de su ejecución”, indicó Guizado.

Igualmente, Guizado sostuvo que es necesario que cuando inicie el período de sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional, el próximo 1 de julio, se reanude el debate para reformar la Ley 468, específicamente el artículo 12 que consideran contraproducente y puede afectar que los bancos participen de los créditos preferenciales.

Este artículo establece que “entre seis y doce meses antes de que finalice el subsidio otorgado bajo el régimen de interés preferencial el banco que haya otorgado el préstamo deberá realizar una evaluación de la situación financiera del beneficiario, con el propósito de anticipar su capacidad real para continuar cumpliendo con los pagos una vez que comience a regir la tasa de interés comercial”.

“Quizá la discusión se habría complicado si intentábamos abordar ahora la eliminación o modificación del artículo 12. Esperamos que se retome en las sesiones ordinarias, y lo ideal sería que se elimine porque ese artículo no es necesario. La gran mayoría de los diputados ya nos lo ha manifestado así”, afirmó.

Respecto al impuesto de transferencia de bienes inmuebles, Guizado destacó que se extendió la exoneración del 2% hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto significa que dicho impuesto volverá a estar vigente a partir de enero de 2026.


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