Las observaciones realizadas por los bancos y los desarrolladores y promotores inmobiliarios a la Ley de Intereses Preferenciales aprobada en la Asamblea Nacional y posteriormente sancionada por el Ejecutivo, es compartida y comprendida por el Ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, quien aclara que tendrán que llevar el tema a la Asamblea Nacional, donde corresponde la modificación en caso de que así se decida.
Chapman indicó que entiende la preocupación de ambos sectores, pero aclara que no es potestad del Ejecutivo realizar esta reforma.
“Comparto la apreciación del sector bancario, yo vengo del mundo financiero, he otorgado préstamos, entiendo los riesgos y comparto la preocupación de los cambios que se le hicieron a una ley distinta a lo que nosotros presentamos”, dijo Chapman.

El ministro indicó que se tendrá que convencer a los diputados en la Asamblea Nacional para que la revisen de nuevo y se pueda plantear las modificaciones.
“Si lo que queremos es enfocarnos en el objetivo —que continúen participando [los bancos], que haya casas, que haya hipotecas—, bueno, tanto esos actores como nosotros tendremos que hacer la tarea de tratar de convencer a los diputados de revisar esos temas, para asegurarnos efectivamente de lograr el objetivo: que la familia panameña pueda comprar una vivienda”, expresó el ministro del MEF.
Entretanto, los desarrolladores y la banca analizan si por la vía de la redacción de un reglamento se puede proceder a agilizar algunos cambios o aclaratorias, que permitan se reactiven los préstamos hipotecarios preferenciales para viviendas.
“La realidad es que todo está paralizado, aquí ningún banco está prestando y sin los bancos no se puede aplicar la ley y que las personas accedan al financiamiento con una tasa de interés subsidiada”, indicaron algunos miembros de la Cámara Panameña de la Construcción.

El presidente de este gremio, Alejandro Ferrer Solís, sostuvo que apuestan a que durante el proceso de reglamentación de la ley, se logren mejorar las condiciones para que los bancos puedan reactivar el financiamiento con tasas de interés preferencial para la adquisición de viviendas.
“Sin la participación de los bancos esta ley tendría poca aplicación”, dijo Ferrer.

Por su parte, el presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Gabriel Diez Montilla, señaló que es necesario modificar la nueva ley para que efectivamente se reactiven los créditos hipotecarios y los bancos puedan participar. Igualmente, dijo que se buscan mecanismos a través de la reglamentación mientras se procede a otra reforma en el poder legislativo.
El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), Gabriel Diez Montilla, señaló que es necesario modificar la nueva ley para que efectivamente se reactiven los créditos hipotecarios y los bancos puedan participar Video Elysée Fernández https://t.co/1rZvRAWHCt a… pic.twitter.com/GPsAdqP5qg
— La Prensa Panamá (@prensacom) May 9, 2025
Ambos gremios coinciden en que debe buscarse una salida a esta situación pues ya casi será un año con el tema de los créditos hipotecarios subsidiados prácticamente paralizados, luego de que en junio de 2024 primero venciera el fondo solidario de vivienda, y posteriormente se generara incertidumbre por la aplicación de la anterior legislación en materia de tasas de interés subsidiadas para las viviendas.
¿Cuáles son los artículos polémicos?
La Asociación Bancaria de Panamá y los promotores inmobiliarios han objetado en específico tres artículos de la Ley 468:
El artículo 12 que establece que los bancos deberán evaluar antes de que finalice la cobertura del subsidio para adquirir vivienda, la situación financiera del cliente para verificar su condición económica y considerar ampliar la cobertura del interés preferencial o incluso extender el plazo del crédito es uno de los que ha causado mayor preocupación entre los banqueros por considerarlo una imposición.
Adicionalmente, la banca y los desarrolladores inmobiliarios indican que se debe aclarar la vigencia de la ley para determinar que sucede con los préstamos que estaban en trámites y otorgados e inscritos en el Registro Público antes de la entrada en vigencia de la ley, dado que existe ambigüedad al respecto en el numeral 5 del artículo 8 de la ley aprobada en abril, sobre cuáles préstamos serán excluidos del interés preferencial en los tramos nuevos establecidos.
Otra de las objeciones planteadas por los desarrolladores inmobiliarios tiene que ver con el artículo 13 de la Ley que deroga el artículo 4 de la Ley 106 de 1974.
Explican que al colocarse esta decisión, la exoneración del impuesto a las transferencias de las operaciones de ventas de viviendas nuevas queda eliminado y ese costo tendrá que ser asumido en primera instancia por el promotor inmobiliario y se traspasa en parte al cliente cuando compra una vivienda.
“Con esta decisión por ejemplo, una casa de $70,000 tendrá que pagar $1,400 en impuesto a las transferencias, y el promotor probablemente venda esa casa entre $70,750 o $71,500 para absorber parte del costo”, explicó un desarrollador inmobiliario.
Los empresarios del sector inmobiliario esperan que estos puntos puedan ser analizados y se busque una salida para que la banca pueda volver a participar del financiamiento y las personas puedan acceder a préstamos subsidiados.