Es la AMP la que decide si se ha cumplido el contrato, no la Contraloría: PPC

Ni incumplimientos en el contrato, ni manipulación financiera, ni perjuicio al Estado

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Fiscal anticorrupción no investigó la prórroga, porque la Contraloría le dijo que PPC había cumplidoAuditoría a PPC destapa incumplimientos y manipulación financiera, según el contralor Flores

La empresa Panama Ports Company (PPC), operadora de los puertos de Balboa (en el Pacífico) y de Cristóbal (en el Atlántico), sostiene que maneja cifras —las cuales no comparte con La Prensa, por tratarse de información “interna de la empresa”— que refutan los resultados de la auditoría de cumplimiento recientemente concluida por la Contraloría General de la República (CGR). Además, cuestiona dicha auditoría, señalando que fue realizada por una entidad “que no tiene conocimiento portuario para decidir si las prácticas de la empresa son convenientes o no”.

Quien así se expresa es Alejandro Kouruklis, quien ha estado vinculado a la compañía desde 1998, un año después de que la hongkonesa CK Hutchison adquirió la operación en Panamá. Actualmente se desempeña como asesor legal. Kouruklis sostiene que quien debe conducir estas auditorías es la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), ya que es la “entidad reguladora” del Contrato Ley 5 de 1997, marco legal de la concesión en Balboa y Cristóbal.

“Es la Autoridad Marítima la que realmente decide si la empresa ha cumplido con sus obligaciones, no la Contraloría”, indicó. Además, recordó que en 2021, cuando la CGR realizó una auditoría por orden del entonces contralor Gerardo Solís, todo fue “evaluado” posteriormente por la AMP, la cual consideró que PPC había cumplido “con todas sus obligaciones”.

El actual contralor, Anel Flores, ya ha declarado que toda la información concerniente a sus hallazgos será remitida a la AMP, “que es la regente de los puertos”. El administrador de la AMP, Luis Roquebert, hasta ahora ha guardado silencio.

Kouruklis opina que, precisamente por carecer de formación en la industria portuaria, se ha malinterpretado que PPC ha “tercerizado” servicios que, según el contrato, estaba obligada a prestar directamente. Flores ha señalado que hay compañías concesionarias “operando dentro del recinto portuario, haciendo las veces de lo que ella [PPC] tenía que hacer, pero que no pagan impuestos… Nadie sabe por qué están ahí”.

Es la AMP la que decide si se ha cumplido el contrato, no la Contraloría: PPC
El Contrato Ley 5 de 1997 es el marco legal de la concesión en los puertos de Balboa y Cristóbal. LP/Isaac Ortega

La Prensa preguntó a Kouruklis quién autorizó la presencia de esas empresas “fantasma”, como las llama el contralor.

“Lo autorizó el contrato de concesión, en su artículo 2.11, que es ley de la República de Panamá, y textualmente dice que la empresa tiene el derecho a dedicarse directamente o por medio de contratistas a operar, administrar, dirigir, transportar, etc., todas las demás actividades necesarias para la adecuada administración y explotación de los puertos. También establece que tiene derecho ‘a subcontratar todos sus derechos y actividades otorgadas mediante este contrato de concesión sin necesidad de aprobación del Estado’. Está súper claro. ¿Y por qué está claro? Porque no podría funcionar de otra forma. Hay que tener un poco de conocimiento de la industria portuaria para entenderlo. Un puerto como el de Balboa o Cristóbal presta una innumerable cantidad de servicios: no solo maneja barcos de contenedores, también carga general, automóviles, servicios a embarcaciones y contenedores. Es imposible que una sola empresa haga eso eficientemente. En todas las terminales portuarias de Panamá —porque hay tres más— esto es una práctica común, tanto local como internacionalmente”.

El contralor Flores mencionó específicamente a Serviestiba, Maniobras y Estiba Portuaria, S.A., y Dibusport. Estas empresas, ¿también gozan de los beneficios contenidos en el Contrato Ley 5 de 1997?

“Correcto. Si prestan servicios dentro del puerto, tienen la capacidad de aplicar a esos beneficios que otorga el mismo Estado. Deben acudir a la Dirección General de Ingresos (DGI) y gestionar sus autorizaciones. Esa es su responsabilidad”.

El contralor Flores también afirmó que las ganancias de PPC habían pasando de $23 por movimiento de contenedor a $11.50. ¿Por qué subcontratar servicios si eso supuestamente afecta negativamente los ingresos de PPC?

“Eso no es correcto. Tenemos constancia de que la tercerización ha representado ahorros significativos en los últimos 10 años. Tener personal permanente en días de baja actividad resulta más costoso que contratar servicios cuando realmente se necesitan. Según nuestros registros, nuestras ganancias no han disminuido por esta razón. Sí hemos perdido clientes que, por razones de competencia, se han trasladado a otras terminales, como ocurrió con un cliente importante que se mudó al puerto de Rotman. Son cosas que suceden y eso sí impacta las ganancias, pero no nuestra eficiencia”.

¿Cuál es la cifra por movimiento de contenedor que maneja PPC?

“Esa información es interna de la empresa. Por motivos de competencia, no podemos divulgar públicamente nuestros costos ni nuestras ganancias”.

Es la AMP la que decide si se ha cumplido el contrato, no la Contraloría: PPC
Alejandro Kouruklis tiene 23 años trabajando en PPC: de 1998 a 2014 y de 2020 a 2025. Actualmente, es asesor legal. LP/Isaac Ortega

El contralor también dijo que esas empresas no pagan impuestos a la DGI. ¿Ustedes estaban al tanto?

“No tenemos conocimiento de lo que pagan o no pagan. Podemos hablar por nosotros. Los beneficios del contrato de concesión aplican tanto para la terminal como para sus proveedores, al igual que en otras terminales portuarias. Cada empresa es responsable de obtener su autorización ante la DGI. Confiamos en que así lo hacen. Nosotros no tenemos nada que ver con eso”.

¿Quiénes son los beneficiarios finales de esas empresas?

“Eso habría que preguntárselo a las empresas”.

¿Existe alguna relación entre PPC y esas empresas más allá del contrato de servicios?

“No, es una relación totalmente comercial”.

¿Esto ha sido explicado a los auditores de la Contraloría?

“Sí, pero sinceramente, ninguno de ellos es experto en la industria portuaria. Son expertos en contabilidad y finanzas. Es muy difícil explicar esto sin conocimiento técnico. Por eso consideramos que una auditoría de esta naturaleza debe ser realizada por personas con experiencia en puertos, según las normas internacionales”.

¿Qué significa que la Contraloría hable de un “cumplimiento sustancial” del contrato de concesión? ¿Hubo algo que no se cumplió?

“Se ha cumplido a cabalidad. El informe final de la auditoría de 2020, que tomó cuatro meses y fue realizado por los mismos auditores, concluyó públicamente que las operaciones de PPC se realizaron en cumplimiento sustancial de las cláusulas del contrato. Además, indica que, al cierre de la auditoría, la inversión realizada por la empresa fue de $1,695 millones, superando la inversión esperada en un 69.5%. También señala que PPC ha contribuido con $5.9 mil millones a la economía nacional. Esta auditoría cubrió el período completo desde 1997 hasta 2020”.

Es la AMP la que decide si se ha cumplido el contrato, no la Contraloría: PPC
PPC opera los puertos panameños de Balboa y Cristóbal. LP/Isaac Ortega

¿Por qué la Contraloría usa términos como “cumplimiento sustancial” o “básico”?

“El contrato establece que, para renovarse, la empresa debía cumplir con sus obligaciones básicas. Esas son las palabras textuales del contrato. Aunque pueden existir muchas otras obligaciones —menores o mayores— las esenciales han sido cumplidas”.

¿Cuáles son esas obligaciones básicas?

“Están estipuladas por ley: iniciar y continuar la modernización de los puertos; mantenerlos en buen estado y funcionamiento; otorgar al Estado la participación accionaria del 10%; presentar el plan y monto de inversión inicial, y pagar la contraprestación por el uso de la infraestructura recibida. Todas han sido cumplidas a cabalidad”.

El excontralor Gerardo Solís dijo que PPC solo comenzó a pagar dividendos al Estado en 2015. ¿Eso no constituye un incumplimiento?

“No. El pago de dividendos no es una obligación básica ni de otro tipo. Ninguna otra terminal portuaria lo hace, excepto PPC, ya que es la única en la que el Estado es socio. El dividendo se paga cuando se reparten las ganancias y, durante muchos años, esas ganancias se reinvirtieron para modernizar las instalaciones. Desde 2015, se han pagado más de $125 millones en dividendos al Estado, algo que ninguna otra terminal ha hecho”.

El Estado panameño, ¿estaba al tanto de que sus dividendos estaban siendo reinvertidos?

“El Estado conocía las inversiones realizadas. Y no es que se reinvirtieron sus dividendos, sino que no se generaron dividendos durante ese período. Estos solo existen cuando se declaran y reparten. Una vez completada la inversión, todos los dividendos correspondientes desde 1997 fueron pagados en su totalidad”.

PPC sostiene que la contratación de proveedores generó ahorros, lo cual contradice lo dicho por el contralor Flores.

“Nosotros solo podemos hablar desde la realidad que reflejan nuestros registros”.

¿Cuántas auditorías ha realizado la Contraloría desde 1997?

“Dos: la de 2020 y la actual. Y puedo afirmar que somos la única terminal portuaria auditada; ninguna otra lo ha sido”.

¿Cómo va la negociación con BlackRock?

“No tenemos conocimiento al respecto, ya que se maneja a otro nivel. Solo sabemos lo que se publica. Sí es evidente que existen presiones internacionales, cuyo efecto aún no conocemos.”

¿Qué acciones adoptará PPC ante las declaraciones del contralor?

“Instaremos al Gobierno a que, conforme al contrato de concesión, iniciemos conversaciones. El contrato contempla el diálogo como primera etapa. Si hay desacuerdos, pueden ser subsanados. Y si no, existe el recurso del arbitraje”.


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