Panamá busca apelar fallo de la OMC, pero Costa Rica se opone a seguir con la disputa

Panamá busca apelar fallo de la OMC, pero Costa Rica se opone a seguir con la disputa
El panel arbitral de la OMC determinó que Panamá incumplió varios acuerdos internacionales. Archivo


La Cámara Nacional de Productores de Leche (CNPL) de Costa Rica expresó su rechazo a la posible apelación por parte de Panamá al fallo del panel arbitral de la Organización Mundial del Comercio (OMC), que favoreció a Costa Rica en el conflicto comercial relacionado con productos lácteos y agropecuarios.

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Ivannia Quesada, presidenta de la CNPL, señaló que el fallo, emitido en diciembre pasado, confirma que Panamá violó normativas internacionales al impedir la renovación de aprobaciones sanitarias de 16 establecimientos costarricenses, lo que constituye una prohibición de facto a la importación de productos lácteos.

“Lamentamos que Panamá siga utilizando pretextos sanitarios infundados para bloquear nuestras exportaciones, perjudicando a los consumidores panameños”, afirmó Quesada.

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El panel arbitral de la OMC determinó que Panamá incumplió varios acuerdos internacionales, incluidas demoras injustificadas en la tramitación de aprobaciones sanitarias, exigencias de información excesiva y restricciones comerciales arbitrarias.

Asimismo, el fallo recomendó que Panamá ajuste sus prácticas a las normativas internacionales.

Panamá decidió inhabilitar 26 plantas costarricenses que procesan productos cárnicos y lácteos en el 2020, debido a que las autoridades del vecino país no entregaron a tiempo la documentación requerida para continuar con la renovación de los permisos sanitarios.

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Cuando se conoció el fallo, Alicia Jiménez, presidenta de Fedecámaras, que agrupa empresas del sector comercio, industria y agropecuario, afirmó que ahora le correspondía a Panamá apelar la decisión para que la OMC vuelva a reevaluar su dictamen, pues el país cuenta con suficientes argumentos que comprueban que las restricciones aplicaban debidamente.

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Fallo de la OMC.pdf

El fallo, emitido el pasado 5 de diciembre de 2024, debe ser adoptado por Panamá, entre 20 y 60 días.

El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), tendrían hasta el 3 de febrero para apelar la decisión y argumentar las razones por las cuales no se han levantado las restricciones de importación al país vecino.

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CP-CNPL ANTE LA POSIBLE APELACION POR PARTE DE PANAMA DEL FALLO FAVORABLE A CR DEL PANEL ARBITRAL OMC 2.pdf



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