Juez rechaza recurso de nulidad a los hermanos Martinelli, en caso Odebrecht

Juez rechaza recurso de nulidad a los hermanos Martinelli, en caso Odebrecht

El Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales negó un recurso de nulidad presentado por la defensa de los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares, hijos del expresidente Ricardo Martinelli Berrocal, dentro del proceso que se les sigue por la supuesta comisión del delito de blanqueo de capitales en el caso Odebrecht.

A través de un edicto colgado en la sede de ese juzgado, se informa a las partes de la decisión de rechazar el pedido de nulidad presentado por Carlos Carrillo, abogado de los investigados. Entre los fundamentos legales usados por el juzgado para negar el recurso, sale a relucir el artículo 701 del Código Judicial, el cual precisa que “ [...] el juez rechazará de plano el incidente que se refiere a puntos ya resueltos [...]”.

También cita el artículo 8 de la Ley 15 de 28 de octubre de 1977, que adopta la Convención Americana de Derechos Humanos, en donde se establece que toda persona tiene derecho a una defensa y a ser procesado de acuerdo con las normas vigentes. Al igual que el artículo 32 de la Constitución, que señala que: “nadie será juzgado, sino por autoridad competente y conforme a los trámites legales, y no más de una vez por la misma causa penal, administrativa, policiva o disciplinaria”.

Los hermanos Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares se encuentran detenidos en Guatemala, mientras se tramita su extradición a Estados Unidos, donde son requeridos por la presunta comisión de varios delitos ligados al blanqueo de capitales, en la Corte del Distrito Este de Nueva York.

En Panamá, el Juzgado Tercero Liquidador debe fijar una audiencia preliminar en el caso Odebrecht, a fin de valorar las pruebas del Ministerio Público.

En agosto pasado, este juzgado solicitó la extradición de los hermanos Martinelli Linares, pero por otro caso: el denominado Blue Apple. y Esta petición fue rechazada por las autoridades de Guatemala por dos motivos: la ley de ese país dice que debe resolverse la primera solicitud recibida, en este caso, la de Estados Unidos, y porque Guatemala no tiene tratado de extradición con Panamá.

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