Fiscal pide al Tribunal Superior revocar fallo absolutorio en casos Panamá Papers y Lava Jato

Fiscal pide al Tribunal Superior revocar fallo  absolutorio en casos Panamá Papers y Lava Jato
La fiscal segunda especializada contra la delincuencia organizada, Isis Soto, solicitó al Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales revocar el fallo absolutorio dictado en los casos Lava Jato y Panamá Papers. Richard Bonilla

La Fiscalía Segunda contra la Delincuencia Organizada, a cargo de Isis Soto, sustentó su recurso de apelación contra el fallo del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales que absolvió a los 28 imputados en los casos Lava Jato y Panamá Papers.

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Soto alega en su escrito de 486 páginas que la jueza Baloisa Marquínez no valoró debidamente las evidencias, informes de actividad financiera y asistencias judiciales obtenidas de diversos países que demuestran la participación de miembros de la firma Mossack Fonseca en actividades de blanqueo de capitales.

En su escrito de apelación, la fiscal sostiene que la firma de abogados Mossack Fonseca prestaba servicios de venta y administración de sociedad, fideicomisos, incluyendo la apertura de cuentas bancarias, entre otros, a clientes brasileños que estaban siendo investigados por los delitos de corrupción y blanqueo como parte de la operación Lava Jato.

También recalca que la firma creó oficinas en varias jurisdicciones incluyendo Brasil, la cual era administrada y controlada por María Mercedes Riaño a través de un contrato de representación y que producto de esas operaciones a través de la cuenta bancaria MF Treasurer recibían anualidades por los servicios prestados.

En sus consideraciones, la fiscal sustentó su petición en que el presente proceso las personas investigadas usaron sociedades anónimas para encubrir dinero de procedencia ilícita y que en el expediente se observan una serie de conductas de carácter ilícito.

También sostiene que la juez desconoció formas de participación penal que pueden ser realizadas por interpuestas personas.

A la vez detalla que aunque la investigación por el caso Lava Jato fue cerrada en Brasil, hay otras causas iniciadas que también se relacionan con las pesquisas realizadas por la fiscalía.

Así mismo, la apelación sostiene que, aunque según la juez no se establecieron las cuentas que recibieron fondos de Brasil, la fiscal señala que la acusación no se fundamenta en esos factores sino en la procedencia ilícita de los fondos.

En su apelación la fiscalía argumenta que se logró probar que la firma Mossack Fonseca a través de su estructura ocultó, encubrió e impidió que se determinara el origen, ubicación, destino o propiedad de dineros y bienes provenientes de delitos de corrupción.

Luego la fiscal hace un análisis sobre la participación de cada uno de los investigados en el que concluye que se comprobó la comisión del hecho punible.

Con respecto al caso Panamá Papers, la fiscalía estimó que pese a que el tribunal declaró ilegal algunas de las pruebas por problemas en la cadena de custodia, la fiscalía entra a considerar una serie de doctrinas en las que se admite la subsanación y admisión de la prueba como excepción..

Además, destaca la falta de valoración de pruebas obtenidas a través de asistencias judiciales, información bancaria y de organismos de supervisión que de haberse valorado hubiesen llevado al juzgado a un fallo diametralmente opuesto.

Entre estas, se encuentran evidencias entregadas por la fiscalía de Múnich, Alemania, en las que se detectó el manejo de cajas negras para supuestamente realizar sobornos en el caso Siemens.

A su vez argumenta que la misma asistencia revela la estratificación de dinero con respecto a estas cajas y sus vínculos con bancos y sociedades incorporadas por la firma.

Además, la fiscalía alegó que aportó evidencias obtenidas a través de asistencias judiciales e información bancaria en las que se comprueba la comisión de conductas ilícitas.

En base a todas estas consideraciones la fiscalía pide revocar la sentencia absolutoria del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales emitido el pasado 28 de junio en el que dictó un veredicto absolutorio para todos los imputados.



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