Los panameñistas también demandan el fallo de Juncá y Araúz; la defensa de Martinelli reta a la Corte Suprema

Los panameñistas también demandan el fallo de Juncá y Araúz; la defensa de Martinelli reta a la Corte Suprema
Blandón recordó que el tema del principio de especialidad le compete a la Corte. Agustín Herrera


Con la acción promovida por el opositor Partido Panameñista, ya serían tres las demandas de inconstitucionalidad contra la decisión de la mayoría del pleno del Tribunal Electoral (TE), que mantuvo el fuero electoral penal y reconoció un presunto principio de especialidad a favor del expresidente de la República, Ricardo Martinelli (2009-2014).

+info

Fallo del Tribunal Electoral; Corte y Ministerio Público activan proceso de inconstitucionalidad

La demanda de los panameñistas fue presentada este lunes. El presidente del colectivo, José Blandón, consideró que los magistrados Heriberto Araúz y Alfredo Juncá, del TE, cometieron un exabrupto jurídico al dirimir temas que no le competen, como el principio de especialidad contenido en convenios internacionales y tratados de extradición, “dentro de un tema de fuero electoral”.

Blandón remarcó que el principio de especialidad es un tema que compete a la Corte Suprema de Justicia. Es el mismo argumento esgrimido en la otra demanda que, contra la Resolución del 22 de marzo de 2022 del TE, se presentaron la semana pasada. La primera fue promovida por Héctor Herrera y la ponente es la magistrada María Eugenia López Arias. La segunda fue presentada por Linda Guevara y está en el despacho de Maribel Cornejo. No obstante, Guevara habría ya retirado su demanda.

A Blandón le preocupa que los magistrados del TE “entran a ver temas que no son de su competencia y ponen en entre dicho la credibilidad de una institución que ha sido fundamental en esta democracia”.

El levantamiento del fuero había sido solicitada por la juez penal Baloisa Marquínez, a fin de que Martinelli afronte la acusación por presunto delito de blanqueo de capitales, en los casos Odebrecht y New Business.

En su Resolución del 22 de marzo de 2022, Araúz y Juncá dieron como válido el argumento de la defensa de Martinelli, quien alega de que goza de la protección del principio de especialidad, consignado en el Tratado de Extradición con Estados Unidos de 1904. El magistrado Eduardo Valdés Escoffery salvó su voto.

“Esperamos que la Corte Suprema de manera pronta y ágil resuelva esta acción y declare inconstitucional ese fallo del TE”, indicó Blandón.

Este viernes 1 de abril, el procurador general de la Nación (encargado), Javier Caraballo, advirtió que la Resolución del 22 de marzo del TE viola por lo menos cinco artículos de la Constitución: los números 4, 18, 142 y 143 (el numeral 3). La opinión de Caraballo está en un documento que envió a la magistrada López Arias, como parte del trámite de la demanda de Héctor Herrera.

Por su lado, Alfredo Vallarino, abogado de Martinelli, cuestionó la “rapidez” de Caraballo al contestar la consulta realizada por López Arias. Según él, Caraballo atendió la consulta en menos de un día.

“Yo reto a la Corte Suprema que me presente, en 100 años, un recurso de inconstitucionalidad que haya sido admitido, repartido y distribuido al procurador general de la Nación y contestado en menos de un día”, enfatizó Vallarino.


LAS MÁS LEÍDAS