La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el expresidente Ricardo Martinelli contra la sentencia de 10 años de prisión por el blanqueo de capitales en el caso New Business, aduciendo violación al principio de especialidad, aún se encuentra en fase de admisión.
Al proyecto de no admisión de la demanda, elaborado por la magistrada María Eugenia López Arias, quien actúa como ponente, se presentaron observaciones de tres magistrados: Cecilio Cedalise, Olmedo Arrocha y Carlos Vásquez Reyes.
Fuentes vinculadas al caso señalan que, en sus objeciones, Cedalise, Vásquez y Arrocha concuerdan en que la demanda de inconstitucionalidad debe ser admitida.
Cedalise y Vásquez opinan que el recurso cumple con los elementos de forma requeridos, por lo que el Pleno podría analizar y debatir los argumentos presentados por los abogados del exmandatario.
Mientras que la objeción presentada por Arrocha se fundamenta en que el Pleno debe debatir los aspectos esgrimidos por Martinelli con respecto al principio de especialidad.
También se conoció que en el Pleno de la Corte a celebrarse el próximo jueves el tema no será debatido, ya que la magistrada López se encuentra de viaje. Para debatir sobre la admisibilidad de la demanda se hace necesario que en la discusión se encuentre el magistrado ponente del recurso.
La demanda fue presentada por Carlos Carrillo, del equipo de abogados de Martinelli, contra la sentencia mixta No 02 del 17 de julio del 2023, expedida por el Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales, a cargo de Baloisa Marquínez, que impuso una pena de 10 años de prisión a Martinelli y una multa de $19.2 millones.
La demanda de Carrillo se sustenta en que cuando la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada inició las investigaciones del caso New Business, su cliente estaba protegido por el principio de especialidad consignado en el tratado de extradición de 1904 entre Panamá y Estados Unidos.
No es la primera vez que Martinelli enarbola el principio de especialidad como argumento para eludir los procesos judiciales que se le tramitan.
El 9 de marzo de 2021, el entonces Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales, también a cargo de Baloisa Marquínez, negó un incidente de nulidad presentado por Martinelli alegando el principio de especialidad.
Esa decisión de primera instancia fue confirmada el 19 de julio de 2021 por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales y, el 20 de octubre de 2021, la Corte no admitió un amparo presentado contra la resolución del juzgado.
Además, el pasado 25 de julio de 2022, un fallo del Tribunal Electoral, firmado por los magistrados Alfredo Juncá, Heribero Araúz y Eduardo Valdés Escofery, alegó que Martinelli ya no estaba protegido por el principio de especialidad y le levantaron el fuero penal electoral.
Martinelli se encuentra en la embajada de Nicaragua en Panamá desde el pasado 7 de febrero, alegando ser un perseguido político.
El expresidente fue extraditado desde Estados Unidos en 2018. Ese país ya ha dicho, en varias ocasiones, que el principio de especialidad no le es aplicable.