La sentencia del caso New Business se encuentra “debidamente ejecutoriada” y no se han constatado las vulneraciones al debido proceso que alega el principal condenado en este proceso, el expresidente Ricardo Martinelli.
Esa fue la opinión del procurador de la Nación (encargado), Jorge Luis de la Torre Franco, quien la remitió por escrito a la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López Arias.
La opinión del procurador encargado fue solicitada por el magistrado Olmedo Arrocha, ponente de una demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Ángel Álvarez, en contra de la orden de indagar a Martinelli que emitió hace dos años Emeldo Márquez, el fiscal que instruyó la investigación por blanqueo de capitales en la compra de Editora Panamá América, S.A. (Epasa) a través de cuentas canastas a nombre de la sociedad New Business.
Por este caso, Martinelli ya fue condenado a 128 meses de prisión, multado con $19.2 millones e inhabilitado para ejercer funciones públicas. Para evadir su ingreso a prisión, el expresidente huyó a la embajada de Nicaragua en Panamá, donde permanece desde el 7 de febrero de 2024.
De la Torre sostiene que New Business ya es cosa juzgada, que la defensa ha tenido un “sinnúmero de oportunidades” para plantear sus desacuerdos y que no se pueden utilizar reclamos como el presentado por Álvarez como un instrumento para “corregir fallos”.
“El pleno de la Corte Suprema de Justicia dejó claro que la acción de inconstitucionalidad no es un medio para reexaminar decisiones judiciales como si fuera otra instancia más del proceso penal”, remarcó el procurador encargado en un escrito de 25 páginas que envió a la magistrada presidenta el pasado 14 de marzo.

En su demanda, Álvarez alega un reclamo que ha sido reiteradamente esgrimido por los abogados de Martinelli: que al expresidente se le ha violado el debido proceso porque supuestamente está protegido por el principio de especialidad, contemplado en el tratado de extradición suscrito entre Estados Unidos y Panamá en 1904. No obstante, Estados Unidos ya ha dicho que el referido principio ya no aplica a Martinelli.
De la Torre recordó que la defensa del expresidente ha presentado varias acciones judiciales (incidentes de nulidad y de controversia, recursos de tutela judicial efectiva, etc.), en las que insiste que se ha violado el principio de especialidad. Todos han sido fallados en contra, en diversas instancias. Incluso, el pleno de la CSJ ya examinó el tema y respaldó una decisión del Tribunal Tercero Liquidador de Causas Penales, que consideró que Martinelli ya había perdido el principio de especialidad que lo amparaba.
“Los argumentos del accionante parecen asumir una postura absolutista en cuanto al principio de especialidad, desconociendo que el propio tratado de extradición invocado contempla excepciones a este principio, las cuales fueron decididas por el tribunal de la causa y sometidas a sendos recursos por las partes intervinientes, evidenciándose el resguardo de la tutela judicial efectiva y, por ende, del debido proceso”, escribió el procurador encargado.

Agregó que, en el fondo, no hay una vulneración real de derechos fundamentales, sino una discrepancia en la interpretación de las normas hechas por los jueces que han intervenido en el caso. Otro argumento de la demanda de Álvarez es que hubo violaciones al no permitir a la defensa el contrainterrogatorio (durante el juicio) de dos testigos de la Fiscalía Especializada contra la Delincuencia Organizada: Riccardo Francolini y Henry Mizrachi. Ambos se ausentaron, pese a estar citados. El procurador encargado opinó que esta “circunstancia” no constituye tema de debate en esta esfera judicial.
En relación con New Business, ya se han presentado al menos cuatro demandas de inconstitucionalidad, alegando violaciones al debido proceso y al principio de especialidad. Una, que tenía como ponente a la magistrada López, no fue admitida. Las otras tres están en el despacho de Arrocha. La última ingresó el jueves de la semana pasada, cuando el pleno, en una votación de 5 a 4, acordó su admisión.