El Primer Tribunal de Justicia no admitió un amparo de garantías constitucionales presentado por la fiscal superior anticorrupción Jenisbeth Del Carmen Malek contra la decisión del juez de garantías Luis Ceballos de declarar ilegal la orden de aprehensión contra el exdirector de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG) Luis Oliva, así como la de Budy Attie y Janice Becerra, todos imputados por la presunta comisión del delito de peculado.
Oliva, Attie y Becerra están siendo investigados por presuntas irregularidades en el manejo de la plataforma Listo Wallet, que fue utilizada para gestionar los pagos a los beneficiarios del programa Vale Digital del plan Panamá Solidario, puesto en ejecución a raíz de la pandemia de covid-19.
A través del Edicto No.25-3071 colgado en la sede del Primer Tribunal se informa a las partes de la decisión asumida bajo la ponencia de la magistrada Janeth Torres y con el voto favorable de sus colegas Carlos Pizarro y Manuel Calvo.

El 28 de agosto de 2025, durante una audiencia, el juez Ceballos declaró que la aprehensión ordenada por la fiscalía contra Oliva, Attie y Becerra era ilegal, ya que los tres investigados estaban participando activamente del proceso y la fiscalía conocía las direcciones en donde residían.
Los abogados defensores aseguraron que con una simple citación sus clientes habrían acudido al llamado de la fiscalía. En cambio, fueron a buscarlos a sus casas, con agentes policiales y la aprehensión se hizo pública a través de los medios de comunicación.
Durante la audiencia, la fiscal Malek alegó que los investigados tenían el suficiente poder adquisitivo para salir del país y ausentarse del proceso.

En su intervención, la fiscalía sustentó que los imputados incurrieron en peculado, asociación ilícita para delinquir y corrupción, al utilizar las plataformas de la AIG para el manejo de fondos entregados por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a pesar de que la empresa Fintek Corp., a la que se asignó la administración de la plataforma “Listo” —usada para la entrega de ayudas estatales durante la pandemia de la covid-19— no tenía contrato con el Estado.
El juez Ceballos dio por admitida la imputación presentada por la fiscalía, la que calificó como poco fortalecida e impuso a Oliva y Attie la medida cautelar de notificación periódica ante la autoridad. A Becerra, en tanto, se le decretó la medida cautelar de impedimento de salida del país.
En esta causa también está imputado Ralph Attie, por la presunta comisión del delito de peculado. La imputación de Ralph Attie se hizo en una audiencia separada, que tuvo lugar en el Hospital Pacífica Salud, luego de que este presentara una crisis durante el momento de la diligencia de aprehensión.