¿Golpe de Estado o falsa bandera para desviar la atención?

Hace unas semanas, la expresidenta Mireya Moscoso declaró en RPC Radio que, durante una reunión, algunos diputados hablaron de un plan para “tumbar” mediante un golpe de Estado al actual presidente de la República, José Raúl Mulino. Sus declaraciones encendieron las alarmas por presuntamente incitar al rompimiento forzoso del mandato constitucional otorgado por el pueblo en las elecciones del 5 de mayo del año pasado.

No es la primera vez que Panamá enfrenta amenazas de ruptura institucional. En los años treinta del siglo pasado, el movimiento Acción Comunal, liderado por Harmodio y Arnulfo Arias Madrid, derrocó al entonces presidente Florencio Harmodio Arosemena. Más tarde, el mismo Arnulfo Arias Madrid sería víctima de tres golpes de Estado, siendo el último en 1968, el cual dio paso a una dictadura militar que duró 21 años. Ese periodo oscuro culminó con la invasión del ejército de Estados Unidos a Panamá, el 20 de diciembre de 1989. Además, durante la dictadura, la cúpula militar impuso y destituyó presidentes a su antojo mediante fraudes y presiones a la Asamblea Nacional.

Hablar hoy de golpes de Estado es sumamente preocupante. Estos procesos generan inestabilidad política y económica y, como consecuencia directa, suelen imponer dictaduras que violan los derechos humanos, especialmente contra sus opositores, a quienes encarcelan, exilian o incluso desaparecen. Panamá ya vivió esa historia.

Actualmente, el país atraviesa una ola de protestas contra el gobierno, motivadas por medidas ampliamente rechazadas por la ciudadanía: la reforma a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social; la firma de un memorando de entendimiento entre el Ministerio de Seguridad Pública y el Departamento de Defensa de Estados Unidos —considerado por muchos una violación al Tratado de Neutralidad del Canal—; y la posible reapertura de la mina de Minera Panamá, operada por la canadiense First Quantum, entre otras decisiones que, según sus críticos, atentan contra la soberanía nacional.

La respuesta del gobierno ha sido una fuerte represión de las protestas, sumada a su negativa a dialogar con los sectores involucrados para hallar una salida viable a la crisis política.

Si bien el artículo 191 de la Constitución prevé el juicio político como la única vía para destituir al presidente de la República, este solo puede darse por las tres causales específicas establecidas en dicho artículo. Corresponde a la Asamblea Nacional, en ejercicio de su facultad judicial contemplada en el artículo 160, determinar si existen méritos suficientes para enjuiciar políticamente al presidente.

Ante este panorama, cabe preguntarse: ¿realmente hay un plan en marcha para ejecutar un golpe de Estado, o se trata de una falsa bandera para desviar la atención y las críticas hacia las políticas públicas que impulsa el gobierno? Solo el tiempo lo dirá.

En todo caso, considero que esta crisis debe ser una oportunidad para impulsar, previa alfabetización constitucional, un proceso constituyente originario que permita al pueblo dotarse de una nueva Constitución, más acorde con la idiosincrasia panameña.

El autor es licenciado en Mercadeo y Comercio Internacional.


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