Las diferencias entre el contralor de la República y el procurador general de la Nación son un secreto a voces. Pero el incidente ocurrido el pasado jueves y sus consecuentes actos superan los límites de lo trágico, así como los del ridículo y, muy gravemente, los de lo legal. En medio de este bochorno surge una pregunta inevitable: ¿está la población condenada a padecer las consecuencias de la animadversión mutua entre dos jerarcas poderosos, cercanos al presidente de la República e incapaces de aparcar sus diferencias personales? Ojalá que no, por el bien del país. Pero, para eso, hay que actuar con celeridad. Una forma de evitar caer en una espiral de actos que terminan sin llegar a nada es que la autoridad competente investigue seriamente y con rapidez lo sucedido, con el propósito de determinar si hubo delito y, en su caso, quién fue su autor, de forma que esa investigación llegue al Órgano Judicial para que se impongan las sanciones previstas en la ley. Paralelamente, si bien el presidente no puede ordenar nada al procurador general de la Nación, sí puede conminar al contralor a que rinda cuentas de su actuación, que resulta inaceptable por ser contraria a cualquier idea de Estado de Derecho. El país será testigo de si el presidente realmente cree en el cumplimiento de las leyes o si, en contra de sus palabras, tiene un círculo cercano inmune a la observancia de la ley.
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Hoy por hoy: Pulso institucional
11 abr 2026 - 05:00 AM
