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La democracia que incomoda

La democracia que incomoda

Producto de las reformas constitucionales de 1983 se aprobó, entre otras modificaciones, la consistente en que los integrantes de la entonces denominada Asamblea Legislativa tenían que serlo “mediante postulación partidista y votación popular directa” (artículo 140 de la Constitución). Ello implicaba que los únicos que podían postular en cada elección que se celebrara para escoger a los miembros de la Asamblea Legislativa eran los partidos políticos. Esto daba a los partidos políticos un gran poder de decisión en cuanto a la participación política del ciudadano, toda vez que su posible aspiración a formar parte de dicha corporación legislativa quedaba condicionada a que fuera postulado por un partido político. Por decirlo de otra manera, existía un monopolio de parte de los partidos políticos en cuanto a ser candidato a ocupar el cargo de legislador, pues sin la postulación partidista no se podía ser siquiera candidato a dicho cargo.

Existía, por tanto, una democracia entendida desde la óptica de los partidos políticos en cuanto a la participación política del ciudadano. Imperaba la democracia de partidos políticos. No se trataba, necesariamente, de algo negativo en sí, por ser los partidos políticos, en la democracia actual, una vía de participación en la vida política de un país. Pero, en todo caso, y como se indicó, aun cuando una persona no se identificara con las actuaciones de los dirigentes de su partido político, aun cuando rechazara las prácticas clientelistas de algunos de sus dirigentes, la única opción que le brindaba el sistema, de querer ser integrante de la Asamblea Legislativa, era que tenía que ser postulado por un partido político.

Esa era la democracia que prevalecía: la democracia de los partidos políticos, la democracia partidista, hasta que cambió la concepción y, con ello, las opciones con las que ahora cuenta el ciudadano para activarse políticamente con el fin de acceder al poder político.

En efecto, en 2004, cuando se reformó por última vez la Constitución, se aprobó, entre otras reformas constitucionales, que además de la postulación partidista ahora el ciudadano puede aspirar al cargo de diputado por la denominada vía de la “libre postulación”, tal y como así quedó establecido en el hoy artículo 146 de la Constitución. El referido artículo establece que los miembros de la Asamblea Nacional “serán elegidos mediante postulación partidista o por libre postulación, mediante votación popular directa”. Se pasó, de esa manera, de la democracia en la que imperaban los partidos políticos, sin eliminarlos, a la democracia de los ciudadanos.

Y es a partir de ahí cuando la democracia comienza a ser incómoda, incómoda para los partidos políticos, para sus dirigentes. Y es incómoda porque ahora el ciudadano cuenta con otra vía para su participación política y poder optar, así, al cargo de elección popular de diputado, y de esa manera hacerse oír y sentir en la Asamblea Nacional. Por consiguiente, ahora el ciudadano no está condicionado a tener que ser postulado por un partido político para poder aspirar a integrar la Asamblea Nacional con el propósito de poder incidir en la toma de decisiones sobre las propuestas legislativas que se debaten ante esa instancia legislativa.

El resultado de las últimas elecciones demuestra lo importante que ha sido que los ciudadanos cuenten con esa opción. El logro alcanzado fue contundente y, por eso, desde la óptica de la democracia de los partidos políticos le temen a la democracia de los ciudadanos. Es eso lo que explica la reciente propuesta formulada con el objeto de introducir una modificación al artículo 424 del Código Electoral, en el sentido de disponer que la participación de los ciudadanos por la libre postulación sea individual, sin la posibilidad de que lo hagan de manera asociada o en conjunto con otros candidatos por la libre postulación.

En dicha propuesta se busca establecer que “en el caso de la libre postulación, el voto será estrictamente individual, no existirá voto por lista ni se permitirá votar por más de un candidato de libre postulación”.

Pues bien, ese esperpento es antidemocrático e inconstitucional, y es antidemocrático e inconstitucional en la medida en que, así como libremente unos ciudadanos pueden asociarse para conformar un partido político y tener la oportunidad de participar como un grupo político en unas elecciones, de igual manera lo pueden hacer los ciudadanos que hayan optado por activarse políticamente por la libre postulación, teniendo también el mismo derecho a asociarse con miras a participar en unas elecciones como un solo grupo de candidatos por la libre postulación.

Pero es que le tienen miedo a los ciudadanos, le temen a la democracia de los ciudadanos, ciudadanos que en las últimas elecciones se rebelaron contra la democracia de partidos y, con las mismas reglas de estos, los derrotaron. Por eso le tienen miedo y por eso se salen con esos esperpentos.


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