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Soberanía y neutralidad frente a DeConcini y Trump

Aprovechemos las lamentables amenazas de Donald Trump en torno al Canal para hacer un análisis profundo del rol geopolítico que juega nuestra vía interoceánica en una época de grandes tensiones entre las dos mayores potencias mundiales y para insistir en que la juventud debe conocer la historia de su patria. Historia marcada, en gran medida, por sus relaciones con Estados Unidos desde la lejana década de 1840.

Este escrito solo pretende hacer ciertas acotaciones para contextualizar el momento en que surgió la llamada Enmienda DeConcini y cómo esta incide en nuestra soberanía y en la responsabilidad de velar por la defensa y neutralidad del Canal de Panamá.

Cuando Jimmy Carter llegó a la presidencia, en enero de 1977, ya las negociaciones habían venido gestándose desde 1974. Decidió hacer de los tratados su primer logro, asumiendo un costo político que los panameños deberemos por siempre valorar, agradecer y conmemorar. Carter confesó que este fue su mayor reto como presidente, ya que conllevó un tenso, largo, delicado y complejo conjunto de maniobras entre la esfera diplomática y la doméstica para asegurar la aceptación de la mayoría calificada en el Senado estadounidense; es decir, las dos terceras partes de este cuerpo legislativo, representadas en 67 votos.

Para el Senado resultó tan importante la defensa del Canal tras la reversión que primero se discutió el Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente, para entonces proceder con el tratado que lidiaba con la reversión de las tierras, aguas, infraestructura y administración del Canal. En realidad, no se tenían los votos necesarios para ratificar los tratados. Carter ni siquiera contaba con el compromiso de todos los senadores demócratas, ya que para los indecisos la defensa del Canal era el factor determinante.

Ante la eventualidad tétrica de ver desvanecer tantos años de luchas, logros y negociaciones, se impuso una serie de reservas a varios artículos, destacando la DeConcini Reservation: la enmienda al Artículo V del Tratado de Neutralidad, propuesta por el senador demócrata Dennis DeConcini como condición sine qua non para ratificar los tratados. Dicha enmienda consiste en dar a Estados Unidos el derecho “unilateral” y “perpetuo” de “tomar medidas militares en suelo panameño sin el consentimiento del Gobierno de Panamá” cuando sea que considere que la seguridad del Canal está en peligro.

Para atenuar la indignación patriótica de los panameños y el repudio categórico del Gobierno de Panamá, el Senado estadounidense redactó una adenda que aclara que cualquier acción militar de Estados Unidos respetaría el principio de no intervención. Por su parte, el equipo diplomático de Panamá emitió un comunicado expresando que no se podía interpretar la enmienda como un derecho a introducir tropas militares dentro del territorio panameño. Además, en el intercambio de las actas de ratificación se estipuló que estas debían sujetarse al principio de no intervención contemplado en las cartas de la Organización de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos.

La legalidad de dicha enmienda es debatible, ya que el derecho internacional dictamina que el Órgano Legislativo debe ratificar o rechazar un tratado sin modificarlo de forma unilateral; sin hablar de que contradice el contenido del Artículo V que pretende enmendar. Por otra parte, para muchos senadores, la postura de Panamá equivalió a un repudio de sus enmiendas y, puesto que condicionaron su voto a dicha aceptación, consideraban los tratados nulos. De hecho, en 1999 una congresista sometió a voto, sin éxito, una declaración de nulidad de los tratados por esta razón. Irónicamente, los panameños siempre hemos sostenido que Philippe Bunau-Varilla no tenía poderes plenipotenciarios para firmar el Tratado de 1903. Es más, el gobierno del presidente Theodore Roosevelt estaba autorizado por el Congreso a suscribir un tratado solo con Colombia o, en su defecto, con Nicaragua.

En cuanto a las amenazas de Trump de retomar el control del Canal, aunque no tienen asidero legal, hay que considerarlas desde el trasfondo geopolítico de las relaciones entre Estados Unidos y China. Mantener una inclaudicable postura soberana debe ser siempre nuestro objetivo principal, incluyendo el derecho de otorgar contratos o concesiones a empresas chinas, pero con la habilidad para mostrar las evidencias contundentes de nuestro férreo compromiso con un canal neutro y alejado de cualquier influencia o control foráneo. No podemos dar ningún pretexto a Trump o a Estados Unidos.

El autor es abogado.


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