Corte Federal en Estados Unidos confirma: Martinelli no tiene principio de especialidad

Corte Federal en Estados Unidos confirma: Martinelli no tiene principio de especialidad
El expresidente Ricardo Martinelli sigue asilado en la embajada de Nicaragua en Panamá. EFE/Archivo

En un fallo de 25 páginas de extensión, la Corte Federal de Apelaciones del 11vo Circuito Judicial con sede en Atlanta Georgia confirmó, este 7 de mayo, la decisión de la jueza federal Jill Pryor del Distrito Sur de Florida de rechazar la demanda civil del expresidente Ricardo Martinelli contra el procurador general de los Estados Unidos, el Secretario de Estado y el exfuncionario Thomas B. Heinemann.

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Corte de Apelaciones de EUA rechaza demanda de Martinelli sobre principio de especialidad

La demanda perseguía una declaración judicial que determinara, entre otras cosas, que el principio de especialidad contenido en el Tratado de Extradición de Estados Unidos y Panamá seguía vigente para el exmandatario.

Este proceso civil se inició cuando los abogados de Martinelli interpusieron, unos dos años atrás, la demanda contra los altos funcionario federales y el ex servidor público Heinemann como una estrategia para anular los procesos de blanqueo de capitales, New Business y Odebrecht que habrían sido iniciados contra el expresidente luego de su absolución en agosto de 2019 por el caso de los pinchazos, por el cual había sido extraditado a Panamá.

El 4 de marzo de 2024 quedó en firme la condena por 10 años y 8 meses contra Martinelli por el caso New Business, mientras que el caso Odebrecht todavía no ha tenido su audiencia de fondo.

Las peticiones

Según la sentencia, los abogados del expresidente Martinelli pretendían obtener una declaración Judicial de los jueces federales estadounidenses en la que constaran las respuestas a siete cuestionamientos distintos, todos los cuales iban dirigidos a revivir la protección del principio de especialidad del Tratado de Extradición en favor del exmandatario.

En la página 6 de la decisión se reseñan las 7 declaraciones específicas que solicitó el expresidente Martinelli a la jueza federal Pryor, y que fueron presentadas así:

1. Que Heinemann carecía de autoridad para emitir opinión de que el principio de especialidad no se le aplicaba a Martinelli.

2. Que el tratado [de extradición], contiene “condiciones subsecuentes” que deben ser cumplidas para poder declarar que el principio de especialidad está extinguido.

3. Que las cartas de Heinemann [al gobierno de Panamá] no podían considerarse como renuncia al principio de especialidad aplicable a Martinelli.

4. Que la interpretación del tratado hecha por Heinemann estaba errada.

5. Que Heinemann no tenía la autoridad para hablar a nombre de los Estados Unidos sobre la renuncia del principio de especialidad.

6. Que la adopción por el Departamento de Estado de la opinión de Heinemann violó la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

7. Que el principio de especialidad continúa siendo aplicable a Martinelli.

La legitimación procesal

Según explica de forma muy didáctica la decisión del Tribunal Federal de Apelaciones, la jueza Pryor negó la demanda del expresidente Martinelli por razones procesales fundamentadas esencialmente en la falta de legitimación.

La legitimación procesal es la capacidad que tiene una parte para actuar en una forma activa o pasiva en un proceso judicial. Esto significa, que una persona natural o jurídica tiene que demostrar su derecho a demandar o a defenderse de una demanda. En el caso de la jurisdicción federal de los Estados Unidos, la legitimación procesal proviene de la norma constitucional que le permite a toda persona afectada por otra reclamar sus derechos.

Tanto la jueza Pryor como la Corte Federal de Apelaciones no encontraron fundamento para que Martinelli le reclamara al Procurador General de los Estados Unidos, al Secretario de Estado o a Thomas Heinemann, debido a que las acciones que supuestamente le han causado daño a Martinelli son las que ha realizado el Estado panameño a través de su sistema de justicia, que no es parte de esta demanda.

Sobre el argumento de que existía legitimación procesal en virtud del principio de especialidad del Tratado de Extradición, la respuesta fue contundente, dado que Estados Unidos renunció al principio de especialidad, no hay fundamento para esa reclamación.

Las contradicciones entre países

En esta decisión, la Corte Federal de Apelaciones reseña tres comunicaciones distintas del Departamento de Estado de los Estados Unidos al gobierno panameño, en las que se informó la renuncia de dicho país al principio de especialidad. Estas comunicaciones se dieron de forma escrita en diciembre de 2019, y en octubre y diciembre de 2020.

En cambio, en la nota apostillada del Ministerio de Relaciones Exteriores A.J.-MIRE-2024-057600 del 24 de agosto de 2024, se certifica que en los archivos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados de dicho ministerio no consta:

En esta Dirección no consta solicitud por parte de la Fiscalía Primera Especializada contra el Crimen Organizado relacionada con el levantamiento, el Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, en el caso de New Business…

En esta Dirección no consta solicitud por parte de la Fiscalía Especializada Anticorrupción, relacionada con levantamiento de Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal en el caso de Odebrecht.

En esta Dirección no consta solicitud por parte del Juzgado Liquidador 2° del Primer Circuito Judicial de la República de Panamá, relacionada con el levantamiento del Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal en los casos antes mencionados…

En esta Dirección no consta solicitud relacionada con el levantamiento del Principio de Especialidad del señor Ricardo Alberto Martinelli Berrocal, solicitada por el Tribunal de Justicia de la República de Panamá o por parte de la Procuraduría General de la Nación.

Es decir, que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá certificó que no se había pedido la suspensión del principio de especialidad por su conducto, sin tomarse la molestia de informar que existían las tres comunicaciones del Departamento de Estado que así lo indicaban, en respuesta a una solicitud realizada en el 2019 por la entonces Procuradora General de la Nación Kenia Porcell.

El final de la ruta

La estrategia judicial en los Estados Unidos buscó obtener una declaración sobre el principio de especialidad que luego sirviera como prueba para un recurso de revisión ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, para tumbar el fallo del caso New Business, o incluso usar esta hipotética decisión favorable para justificar la declaratoria de inconstitucionalidad del fallo de la jueza Baloisa Marquínez en el mencionado caso. Esta estrategia fracasó.

Jurídicamente, es posible impugnar la decisión de la Corte Federal de Apelaciones ante la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos. Sin embargo, es muy poco probable que ese esfuerzo prospere, dado que el máximo tribunal solo escoge unos 300 casos al año, y esta demanda civil no tiene ningún elemento relevante para que la Corte Suprema estadounidense la revise.

Mientras tanto, en Panamá el magistrado Olmedo Arrocha tiene en su conocimiento tres demandas de inconstitucionalidad que invocan como causal la violación del principio de especialidad para anular la condena del expresidente Martinelli por el caso New Business. Si una corte federal en los Estados Unidos pudo entender con total claridad este caso, la Corte Suprema de Justicia de Panamá tiene muchos más elementos para decidir las demandas de inconstitucionalidad contra el fallo del caso New Business.


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