Desde la embajada de Nicaragua donde se atrincheró, y en abierta violación a las convenciones internacionales, Ricardo Martinelli sigue haciendo proselitismo de cara a las elecciones generales del 5 de mayo de 2024.
A partir del pasado 7 de febrero, día en que se resguardó en la sede diplomática, el expresidente de la República ha recibido a muchos de los que integran la oferta electoral de su partido Realizando Metas (RM), enviado mensajes con tinte político a sus seguidores, pedido el voto para José Raúl Mulino y además, usa las redes sociales sin restricción.
“Quiero mandarles un mensaje a todos los candidatos del partido Realizando Metas y el partido Alianza. Quiero decirles que nuestra fórmula presidencial es Martinelli-Mulino y seguiremos juntos hasta el final. Como saben, soy inocente y se mantiene una persecución política que no me permite estar en las calles junto a ustedes. Pero es José Raúl Mulino quien está haciendo nuestra campaña en el territorio nacional (...)”, se le escucha decir en una nota de voz de WhatsApp que envió a sus adeptos. Incluso, uno de sus medios publicó una noticia basada en el mensaje.
Por la embajada han pasado candidatos a diputados de distintos circuitos, a alcaldes, representantes, miembros de la directiva de su partido, y sus más cercanos colaboradores en el plano electoral, entre otros. La mayoría dicen abiertamente que trataron temas de la campaña.
Por ejemplo, Rubén Darío Campos, candidato a vicealcalde de San Miguelito, dijo ayer jueves que Martinelli le pidió que fuera el portador de su mensaje en San Miguelito.
Esto significa que Martinelli pasó por encima de la advertencia que hizo el Ministerio de Relaciones Exteriores a la embajadora de Nicaragua el pasado 9 de febrero: “Toda acción, declaración o comunicación que realice el expresidente desde la sede diplomática y repercuta o impacte en la política doméstica de Panamá será considerada una injerencia en los asuntos internos de nuestro país y, por tanto, generará consecuencias diplomáticas”.
Se trata del mismo comunicado donde se informa que no le concedieron el salvoconducto de salida al expresidente y de paso le advierten a la embajadora de Nicaragua en Panamá que tiene la obligación de garantizar que la sede de la misión diplomática a su cargo preserve las funciones que está llamada a cumplir según la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, por lo que la misma no debe ser usada “de manera incompatible”.
‘Burla a la justicia’
Para la exprocuradora Ana Matilde Gómez, candidata a diputada del circuito 8-3, con este tema “lo que queda evidente es la burla a la justicia”. Gómez dice que la Cancillería debe pedir cuentas a la representante diplomática por permitir que la embajada se convierta en “un centro político y social, para diseñar estrategias de comunicación y más”.
“Nuestra Cancillería debería ponerse más seria”, resaltó. En línea similar opina el politólogo e historiador Carlos Guevara Mann, quien fue director de Relaciones Exteriores de la Cancillería. A su juicio, la Cancillería podría llamarle la atención a la embajadora, protestar ante el gobierno de Nicaragua, llamar a consultas al embajador en Nicaragua, e incluso romper relaciones diplomáticas.
Mientras que Fernando Gómez Arbeláez, abogado internacionalista, recordó que el artículo quinto de la Convención de La Habana, una de las que sustenta el asilo, dice que el funcionario asilante no permitirá a los asilados practicar actos contrarios a la tranquilidad pública.
“¿Qué es tranquilidad pública? eso lo califica el estado territorial (Panamá), o sea, para Panamá cualquier acto político es contrario a la tranquilidad pública porque en realidad lo es. El comunicado del 9 de febrero se fue por allí con la velada amenaza de que habrá consecuencias diplomáticas si el señor Martinelli habla de políticas (...)”, añadió.
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En tanto que la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 dice que “el funcionario asilante no permitirá a los asilados practicar actos contrarios a la tranquilidad pública, ni intervenir en la política interna del Estado territorial”.
La Prensa consultó ayer jueves al Ministerio de Relaciones Exteriores sobre qué medidas tomarán referente al hecho de que Martinelli sigue haciendo proselitismo pese a que su condición de asilado, y desde ese despacho informaron que por el momento no hay pronunciamiento sobre el tema.
Con Abdalá Bucaram
Cuando Abdalá Bucaram, expresidente de Ecuador, estaba asilado en Panamá, la Cancillería panameña le llamó la atención varias veces por hablar sobre la realidad interna de su país. En esas ocasiones, Panamá atendía las protestas de Ecuador por las continuas declaraciones políticas del exmandatario. “Citamos a Bucaram a la Cancillería y se le planteó lo que establece el asilo político y las limitaciones que conlleva”, dijo Samuel Lewis Navarro en 2007 cuando era ministro de Relaciones Exteriores.
Martinelli, quien fue postulado como candidato a la presidencia de la República por los partidos RM y Alianza, fue condenado a 128 meses de prisión y el pago de $19.2 millones por blanqueo de capitales en el caso New Business.
El pasado 2 de febrero, la Sala Penal de la Corte informó que no admitió un recurso de casación contra la sentencia, por lo que está impedido para seguir en la carrera electoral. El artículo 180 de la Constitución dice que “No podrá ser elegido Presidente ni Vicepresidente de la República quien haya sido condenado por delito doloso con pena privativa de la libertad de cinco años o más, mediante sentencia ejecutoriada proferida por un tribunal de justicia”.
Por lo que la candidatura presidencial recae sobre Mulino, quien fue postulado como su compañero de fórmula.
El expresidente pidió asilo al régimen de Nicaragua alegando persecución política, sin embargo el Ministerio de Relaciones Exteriores le negó el salvoconducto para salir del país advirtiendo que el artículo 1 de la Convención sobre Asilo de 1928 y de la Convención sobre Asilo Político de 1933, dice que no es lícito a los Estados dar asilo en “legaciones, naves de guerra, campamentos o aeronaves militares, a los inculpados de delitos comunes, que estuvieren procesados en forma o que hubieren sido condenados por tribunales ordinarios, así como tampoco a los desertores de tierra y mar”.