El director de Organización Electoral del Tribunal Electoral (TE), Rubén Darío González, informó este miércoles 9 de julio que se han presentado 9 solicitudes para revocatoria de mandato de autoridades electas por la libre postulación.
La alcaldesa de Arraiján, Stefany Peñalba; la diputada de la coalición Vamos, Paulette Thomas y el diputado de la bancada mixta, ex miembro de Vamos, Manuel Cheng, se encuentran entre los solicitados para revocatoria, según aseguró González este miércoles 9 de julio.
También hay revocatorias presentadas para el vicealcalde de Arraiján, Oliver Joel Ríos. Asimismo, los procesos alcanzan a alcaldes y representantes de corregimiento de Panamá Oeste y el interior del país.

En Chiriquí, el alcalde de Barú, Franklin Valdez, enfrenta un proceso de revocatoria de mandato, según informó el TE.
En Arraiján, Panamá Oeste, enfrentan solicitudes de revocatoria de mandato el representante de Vacamonte, José Enrique Pérez y su suplente Maygualida Sánchez; la representante de Juan Demóstenes Arosemena, Raquel Murillo y su suplente Salvador Lobos.
En cuanto a las autoridades electas a través de partidos políticos, no se registran procesos de revocatoria de mandato, puesto que siguen un proceso distinto.

Modificación reciente
No obstante, justo ayer, martes 8 de julio, el TE publicó una modificación al decreto que rige el proceso de revocatoria.
Para revocar el mandato a una autoridad electa por la libre postulación, el proceso se inicia en la Dirección de Organización Electoral del TE. De ser admitida la solicitud del ciudadano que busca la revocatoria, prosigue un periodo de notificación a la autoridad que se busca revocar, que tiene derecho a una apelación. La información también debe ser notificada a la Fiscalía General Electoral.
En caso del que el proceso avance, se autoriza un proceso de recolección de firmas de ciudadanos que apoyan la revocatoria.
Para que sea efectiva la revocatoria debe recolectarse el 30% de firmas de los ciudadanos que conformen el padrón electoral de la circunscripción correspondiente al momento de la elección.
El plazo para recolectar las firmas a una iniciativa de revocatoria dependerá de la circunscripción y la cantidad de electores del área.
Las modificaciones más recientes abarcan el método y el respaldo, que se encuentran en el decreto N° 8 del 7 de julio de 2025.
Se añade que, para garantizar el respaldo, los ciudadanos que llevan adelante la recolección deberán llevar a los firmantes presencialmente a una oficina regional del TE.
Asimismo, agrega que cualquier ciudadano que garantice su respaldo a la revocatoria, podrá renunciar al respaldo de forma presencial en las oficinas del Tribunal..
Nota del editor: Esta nota fue modificada a las 11:28 a.m. para corregir el número de procesos de revocatoria de mandato, tras corrección en la información proporcionada por el Tribunal Electoral en primera instancia.