Con la finalidad de proteger los ecosistemas naturales del país mediante la eliminación de materiales que contaminan los suelos, los ríos y las costas, a partir del 1 de enero de 2026 estará prohibido ingresar en áreas protegidas con productos plásticos de un solo uso.
Así está dispuesto en la Resolución DM-0496-2025, publicada en la Gaceta Oficial Digital, la cual establece la prohibición del ingreso, uso, comercialización y distribución de productos plásticos y de poliestireno de un solo uso en las áreas protegidas del país.
El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) informó que esta disposición aplica a visitantes, operadores turísticos, concesionarios, investigadores, contratistas, voluntarios y funcionarios de cualquier entidad que desarrollen actividades dentro de las áreas protegidas.
La resolución detalla que, entre los artículos que no pueden ser ingresados a las áreas protegidas, están botellas plásticas desechables, vasos, platos y bandejas de poliestireno expandido (foam), bolsas no biodegradables, carrizos, revolvedores y cualquier otro producto plástico de un solo uso que no sea reutilizable, compostable o biodegradable.
De igual manera, se establece que se podrán utilizar envases y utensilios reutilizables o elaborados con materiales de bajo impacto ambiental, como vidrio, acero inoxidable, cartón certificado o bambú, conforme a las directrices de la guía interna de reducción de plásticos de un solo uso del ministerio.
De acuerdo con MiAmbiente, en Panamá cada año se generan más de 380 mil toneladas de residuos plásticos, de los cuales, el 88% termina contaminando los ríos, mares, calles, avenidas y las áreas protegidas en todo el país.
Se informó que la Dirección Nacional de Áreas Protegidas y Biodiversidad y las direcciones regionales del ministerio deberán incorporar esta disposición en los planes de manejo e implementar acciones de vigilancia, control y educación ambiental en los puntos de acceso y centros de visitantes.


