El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) lanzó hoy, domingo 27 de abril de 2025, una advertencia a los sindicatos que convocaron la huelga en el sector de la construcción, mediante un comunicado de prensa, dejando claro que no se cumplieron los procedimientos legales establecidos por el Código de Trabajo.
La medida de paralización de labores de los trabajadores, se considera una violación directa a las disposiciones legales que regulan el derecho a huelga en Panamá.
Según el artículo 475 del Código de Trabajo, para que una huelga sea válida, debe ser precedida de una conciliación formal entre las partes involucradas. Este procedimiento no se ha cumplido, lo que convierte el paro en una simple paralización de labores y no en una huelga legítima.
La falta de adherencia a la ley abre la puerta a sanciones graves, desde la suspensión de salarios hasta el despido justificado por abandono del trabajo.
El Ministerio recordó que los trabajadores tienen la obligación de cumplir con el contrato de trabajo, y de no hacerlo, perderán el derecho al pago de salarios.
