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Karim Khan y la justicia internacional de doble rasero

Karim Khan y la justicia internacional de doble rasero
Karim Khan niega las acusaciones en su contra. / Reuters

La destitución de Karim Khan como fiscal de la Corte Penal Internacional no puede reducirse a un escándalo personal. El 24 de julio de 2026, 82 de los 125 Estados miembros aprobaron su remoción por “conducta grave” y “grave incumplimiento del deber”, tras una investigación relacionada con acusaciones de conducta sexual indebida que Khan niega y pretende impugnar. La decisión abre una discusión mayor: la pérdida de credibilidad de una Fiscalía llamada a representar una justicia independiente, imparcial y rigurosa frente a los crímenes más graves.

El caso de Venezuela constituye uno de los principales motivos de preocupación. Desde 2021, la Fiscalía de la CPI mantiene abierta una investigación por denuncias de crímenes de lesa humanidad. Organismos internacionales han documentado detenciones arbitrarias, torturas, persecución política, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales. Sin embargo, durante la gestión de Khan no se conoció una solicitud pública de arresto contra Nicolás Maduro ni contra otros altos funcionarios civiles y militares vinculados con esos hechos.

La falta de avances visibles resulta más grave debido a la existencia de un conflicto de intereses. Venkateswari Alagendra, cuñada de Khan, formaba parte del equipo jurídico que representaba al Gobierno de Maduro. En 2025, jueces de apelación de la CPI ordenaron que Khan se apartara de la investigación. Aunque negó haber compartido información o discutido el caso con Alagendra, el daño institucional ya estaba hecho: un fiscal internacional no solo debe ser imparcial, sino también evitar cualquier circunstancia que permita dudar razonablemente de su independencia.

El contraste de su actuación respecto de Israel fue evidente. Khan solicitó órdenes de arresto contra el primer ministro Benjamín Netanyahu y el entonces ministro de Defensa, Yoav Gallant. Ningún gobernante está por encima del derecho internacional, pero la Fiscalía debía aplicar rigurosamente el principio de complementariedad, según el cual la CPI interviene cuando los tribunales nacionales no pueden o no quieren investigar seriamente.

Israel posee un sistema judicial independiente, una Corte Suprema capaz de revisar las actuaciones del Gobierno y mecanismos internos de investigación. Antes de actuar contra sus autoridades, Khan debió demostrar con claridad que la justicia israelí era inexistente, fraudulenta, incapaz o deliberadamente inactiva frente a los hechos examinados. Al no hacerlo de manera convincente, debilitó la legitimidad de la Corte.

Su gestión también dejó una sensación de selectividad. Mientras concentró la atención política y mediática en Israel, no mostró la misma urgencia frente a graves violaciones de derechos humanos en Irán, donde se han registrado centenares de ejecuciones, procesos sin garantías y confesiones obtenidas bajo tortura. Tampoco tuvo una presencia pública comparable frente a denuncias de represión, detenciones arbitrarias y persecución política en Turquía y en dictaduras de África, Asia, América Latina y Oriente Medio.

Es cierto que la CPI no tiene jurisdicción automática sobre todos esos países. Irán, Turquía e Israel no forman parte del Estatuto de Roma, y la competencia de la Corte depende del territorio donde ocurrieron los hechos, de la nacionalidad de los acusados, de una aceptación especial o de una remisión del Consejo de Seguridad. Sin embargo, esas limitaciones no justifican la desigual intensidad de los pronunciamientos ni la ausencia de una política coherente frente a regímenes responsables de abusos sistemáticos.

La justicia internacional pierde autoridad cuando parece actuar con rapidez contra democracias sometidas al escrutinio judicial, pero con lentitud frente a dictaduras que persiguen, encarcelan, torturan y ejecutan a sus ciudadanos. También pierde credibilidad cuando los conflictos de intereses no son enfrentados de manera inmediata y transparente.

La salida de Karim Khan debe servir para algo más que reemplazar a una persona. Debe convertirse en una oportunidad para reformar la Fiscalía de la CPI, fortalecer las reglas sobre conflictos de intereses, transparentar la selección de casos y aplicar de manera uniforme el principio de complementariedad. Cuando la justicia internacional es severa con las democracias, lenta con las dictaduras y vulnerable a conflictos de intereses, deja de ser justicia y se transforma en un instrumento selectivo de presión política.

El autor es egresado de Educación e Historia Universidad Hebrea de Jerusalén.


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