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Tolerancia o complicidad con la ilegalidad

Tolerancia o complicidad con la ilegalidad
PANAMA. 29-1-2014. ZONA LIBRE, COLON, CENTRO LOGISTICO MULTIMODAL. Vistas Panmorámicas de la Zona Libre de Colón, plazas, bancos, comercios. La Prensa/ Roberto Cisneros

En nuestra condición de colonense por nacimiento, expresamos nuestro más alto respeto a los colonenses por adopción, que son muchos y han estado muy presentes en la realización de actividades que redundan en beneficio de la provincia de Colón y de todos sus habitantes.

En la tarea de realizar diferentes análisis para identificar las causas más determinantes que han dado lugar a la situación de deterioro que presentan actualmente diferentes sectores de la provincia de Colón, particularmente su distrito capital, la ciudad de Colón, conocida por sus 16 calles y 8 avenidas, hemos llegado a varias conclusiones.

Con anterioridad hemos señalado que una de las causas de mayor relevancia en el deterioro de la ciudad de Colón consiste en la ya arraigada mala costumbre de quienes nos gobiernan a nivel nacional y, particularmente, de nuestras autoridades regionales, de ser permisivos y tolerantes frente a muchas acciones ilegales. Ello ocurre porque, aunque fueron elegidos, durante el período en que ejercen como funcionarios públicos continúan actuando como candidatos a la reelección y, en consecuencia, temen perder su caudal político (votos).

Para ilustrar lo anterior, veamos lo que establecía el Decreto Ejecutivo No. 18 de 17 de junio de 1948:

“Artículo 48. Dentro de las áreas de comercio libre no se permitirá el establecimiento de residencias particulares ni la entrada de personas que no hayan cumplido con todas las formalidades legales y reglamentarias para permanecer en el territorio nacional, ya sea como residentes o transeúntes. Tampoco se permitirá el establecimiento, dentro de tales áreas, de ninguna clase de comercio al por menor.”

Hago una observación: téngase en cuenta que la venta al detal (Mercado Pulga) quedó legalmente reservada para las 16 calles y 8 avenidas. Fue una decisión sabia de los legisladores de entonces.

Lo mismo ocurrió con la modernización de la legislación mediante la Ley 8 de 4 de abril de 2016, que consagró lo siguiente:

“Artículo 59. Dentro del Área de Libre Comercio Internacional no se permitirá el establecimiento de residencias particulares ni la entrada de personas que no hayan cumplido con todas las formalidades legales y reglamentarias para permanecer en el territorio de la Zona Libre de Colón, ya sea como usuarios o como transeúntes. Tampoco se permitirá el establecimiento, dentro de tal área, de ninguna clase de comercio al por menor.”

Los diputados mantuvieron así la decisión de no trasladar la venta al detal (Mercado Pulga) fuera de las 16 calles y 8 avenidas de la ciudad de Colón y, por el contrario, conservaron la prohibición de realizar ventas al detal dentro del Área de Libre Comercio Internacional de la Zona Libre de Colón.

Respetando cualquier postura distinta a la que hemos sostenido desde el punto de vista legal, consideramos que la tolerancia injustificada de nuestras autoridades nacionales y regionales, o incluso su complicidad al incumplir una obligación constitucional de primer orden, como es cumplir y hacer cumplir la ley, ha permitido una vulneración evidente, pública y notoria. Todos los días, a la vista de autoridades y particulares, las ventas al detal, prohibidas por ley, se realizan de manera deliberada, al punto de exhibir letreros que anuncian: “Se vende al por mayor y al detal”.

En consecuencia, en lo que a mí concierne, no me queda duda de que una de las causas más importantes de la decadencia y el deterioro actual del distrito capital de la provincia de Colón, particularmente de la ciudad de Colón y sus 16 calles y 8 avenidas, es haber permitido el traslado del Mercado Pulga y de las ventas al detal desde las calles y avenidas de la ciudad hacia el enclave de la Zona Libre de Colón.

Ello ocurrió no solo contrariando los objetivos para los cuales fue creada la Zona Libre, sino también en abierta violación del Decreto Ejecutivo No. 18 de 17 de junio de 1948 y de la Ley 8 de 4 de abril de 2016. Se impone, entonces, una política de cero tolerancia frente a quienes violan la ley, por parte de las autoridades nacionales y regionales.

Termino reconociendo que esta no es la única acción que debe adoptarse. Existen otras. Sin embargo, a mi juicio, esta medida es lógica, sencilla y no especialmente costosa. Además, promovería la creación de numerosos empleos permanentes, tan necesarios para el país, y contribuiría a eliminar los caserones viejos y desocupados que representan un peligro para quienes viven y transitan por la ciudad de Colón.

Un colonense preocupado.


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